El uso obligatorio de la marca registrada constituye un principio plenamente asentado en nuestro ordenamiento jurídico, que responde a la necesidad de que el derecho de exclusiva atribuido a su titular se justifique con el adecuado cumplimiento de las funciones que la marca persigue, y no con finalidades estrictamente defensivas o de conveniencia, lo que sólo puede obtenerse mediante el uso adecuado de la misma. Partiendo de esta base, y tras un estudio previo de la razón de ser de este principio y de los antecedentes históricos que llevaron a la regulación actual contenida en la Ley de Marcas de 2001, el autor analiza con detalle y profundidad el alcance de la obligación de uso, sirviéndose para ello del esquema utilizado por la propia Ley. A tal efecto, se dedica una especial atención al estudio del artículo 39 de la Ley, analizando la doctrina jurisprudencial que se ha venido consolidando durante estos últimos años respecto de cuestiones de tanto interés como el que deba entenderse por «uso efectivo y real»; la problemática concerniente al ámbito territorial de la obligación de uso («en España», «o con fines exclusivamente de exportación»); la utilización de la marca en forma distinta a la registrada; el uso de la marca por un tercero; y, en fin, la figura del uso parcial de la marca registrada. Capítulo especial merece el de las consecuencias legales previstas para el caso de incumplimiento de la obligación de uso, en el que, además de analizar todos los casos en los que puede ser esgrimido dicho incumplimiento, el autor se adentra en toda la temática referida a la caducidad de la marca, la inversión de la carga de la prueba y las causas justificativas de la falta de uso. Finalmente, merece destacar, como ya hemos advertido, que el análisis de la regulación legal del principio de uso obligatorio de la marca registrada, se combina con un estudio exhaustivo y detallado de las resoluciones judiciales que se han ido dictando en aplicación de dichas reglas durante lo