En la literatura del derecho de sociedades se venía echando en falta una mayor atención a la sociedad colectiva, cuya importancia sistemática ha quedado patentizada en la legislación más reciente, que no ha dudado en tomar a la vieja societas mercatorum como modelo de regulación de la sociedad anónima irregular (art. 16 LSA) y de la agrupación de interés económico (art. 1 LAIE). El presente estudio quiere contribuir a llenar ese hueco mediante el análisis de la responsabilidad del socio colectivo, sin duda alguna la pieza maestra de la construcción legislativa del tipo. El resultado que se ofrece al lector es una revisión crítica de los planteamientos tradicionales y una reconstrucción de la materia ajustada a las exigentes demandas de nuestro tiempo.