Estatuto jurídico de la persona requerida para comparecer ante una comisión de investigación parlamentaria ostentando la condición de investigado en un procedimiento penal. Adel Alberto Hawach Vega. Estudios
La primera vez que el autor del presente trabajo tuvo que intervenir como abogado en la defensa de los intereses de un cliente llamado a comparecer ante una comisión de investigación, se formuló una primera pregunta: ¿bajo qué régimen jurídico se desarrolla el íter procesal de una comisión de investigación cuando la persona llamada a comparecer ostenta la condición de imputado en un procedimiento penal por los mismos hechos? Ante la falta de respuestas, se instaron las correspondientes acciones judiciales. Primero ante la jurisdicción contencioso administrativa, que se declaró incompetente. Luego, ante el Tribunal Constitucional, que dispuso que la cuestión no tiene trascendencia constitucional. La pregunta sigue sin respuesta. El presente trabajo tiene como pretensión el análisis de la cuestión planteada desde una perspectiva procesalista, tomando como base los excelentes trabajos en la materia realizados por la doctrina constitucionalista. Tras una breve introducción histórica, se aborda el concepto, clases y naturaleza jurídica de las comisiones de investigación parlamentarias; para continuar abordando el régimen jurídico de las mismas, partiendo del análisis del artículo 76 de la Constitución y su desarrollo, tanto a nivel estatal como autonómico. Para finalmente abordar el estatuto jurídico del compareciente (derechos, obligaciones y garantías) y la simultaneidad de la investigación parlamentaria con investigación judicial, proponiendo una serie de conclusiones (sobre la naturaleza jurídica, objeto y límites; régimen jurídico, estatuto jurídico del compareciente y la protección de sus derechos fundamentales, con la consecuente propuesta de reforma legislativa).