Hidráulica agraria y sociedad feudal. AAVVЧитать онлайн книгу.
de este monasterio fue el de acaparar los molinos y no el de crear nuevas instalaciones hidráulicas (Virgili, 1985-1986: 223). Los monasterios de Santa Maria de Poblet, en la Cataluña Nova (Tarragona y Lérida) durante los siglos xi y xii, y el de Santa Maria La Real, en Mallorca, después de la conquista catalana de 1229 (Batet, 2006), actuaron de la misma forma. Asimismo, los señores laicos que, tras la conquista feudal de las Islas Baleares, ya en el siglo xiii, reciben extensos territorios, organizan la ocupación de los espacios irrigados andalusíes sin apenas introducir modificaciones, excepto algún nuevo molino, y mediante nuevos colonos cristianos que pagan renta por las explotaciones que reciben. El objetivo de la ocupación de estos espacios pasa a ser igualmente la percepción de la renta. Para ello se substituyen los variados cultivos andalusíes por especies típicamente feudales, como la viña, y se priorizan los turnos de agua destinados a los molinos hidráulicos. Se subvierte la gestión de los espacios sin casi ninguna modificación de su estructura (Kirchner, 1995 y 1997). Un proceso parecido se ha detectado en Aragón, con la introducción masiva del cereal y la viña en los espacios irrigados después de la conquista (Laliena, 2008: 59). En cambio, en el Sharq al-Andalus la construcción de nuevos sistemas hidráulicos o la ampliación de superficies irrigadas en los intersticios que existían entre los espacios irrigados de las alquerías andalusíes van a ser mucho más contundentes después de la conquista feudal (Torró, 2009; Guinot, 2005 y 2007; Esquilache, 2007). También en Aragón el crecimiento comercial de las ciudades a partir de 1250 conducirá a realizar ampliaciones y construcciones de grandes canales de irrigación (Laliena, 1994, 2008: 62). Está claro que, en el segundo cuarto del siglo xiii, la capacidad de esta sociedad feudal de promover grandes obras hidráulicas y parcelaciones a escalas considerablemente mayores está consolidada.
Los sistemas hidráulicos construidos por señores feudales laicos o eclesiásticos antes de finales del siglo xii son, pues, muy excepcionales. Algunos de ellos, sin embargo, parecen más fruto de obras de reconstrucción o de modificación de instalaciones hidráulicas más antiguas que creaciones ex-novo, como es el caso de los canales condales de Girona y Barcelona. Estos canales podrían tener origen en anteriores canalizaciones romanas, extremo propuesto por algunos autores, pero con escasas pruebas por ahora (Canal et al., 1995; Martí, 1991; Ortí, 1993). En el caso de Girona, ya en el siglo ix, se documentan molinos y canalizaciones en las zonas del recorrido del Rec Comtal, aunque como tal no aparece mencionado antes de principios del siglo xi (1015) (Martí, 1991: 54). Y en el caso de Barcelona, existe alguna referencia documental a un regario en el siglo X, citado por diversos autores (Ortí, 1993: 244, n. 3), que indica la existencia de sistemas hidráulicos ya antes de la primera mención al Rec Comtal, que es de 1075 (Busqueta, 1991: 162-163; Ortí, 1993: 244).
La denominación de condal parece, pues, aplicarse a un sistema hidráulico ya existente. Bonnassie, sin embargo, basándose en el hecho de que las primeras menciones seguras de una acequia con molinos corresponden a la época de Ramon Berenguer I, considera que éste es responsable de la construcción de la canalización y de la mayor parte de los molinos (Bonnassie, 1975: I, 466), ya que «el trabajo que supone sobrepasaba las fuerzas de un individuo o de una familia».
Los estudios mencionados han abordado la cuestión de la construcción de estas canalizaciones sólo a partir de la documentación escrita. Intentar, por tanto, una reconstrucción planimétrica es imprescindible para llegar a comprender cómo se formaron estos sistemas hidráulicos.
SISTEMAS HIDRÁULICOS PROMOVIDOS POR REYES Y GOBIERNOS URBANOS A PARTIR DE FINALES DEL SIGLO XII
Otra cuestión es cómo se organiza la gestión de los grandes sistemas hidráulicos promovidos desde instancias señoriales, reales, o desde gobiernos ciudadanos, a partir de finales del siglo xii y, sobre todo, principios del xiii. Se trata de sistemas hidráulicos que no están necesariamente concebidos como espacios de supervivencia de grupos campesinos. El objetivo de reyes, señores laicos y eclesiásticos era la creación de fuentes de renta. Las concesiones o permisos para construir canales en diversas comunidades de usuarios, villas rurales o ciudades en el Rosselló se dan a cambio del pago de entradas y censos, habitualmente en moneda (Caucanas, 1995: 45-47). Según S. Caucanas estas concesiones respetaban los usos hidráulicos preexistentes y, en consonancia con lo que determinaba la rúbrica 72 Stratae de los Usatges de Barcelona, que determina que las aguas pertenecen a las potestates (príncipe soberano y señores feudales), se deben preservar los derechos de uso ya establecidos de los usuarios de las aguas (p. 47). J. P. Cuvillier (1984: 153) hizo notar que en los siglos xiii y xiv comienza el tiempo de las grandes obras hidráulicas asociadas a nuevas formas de agricultura comercial, que se yuxtaponen a los modelos aldeanos anteriores y constituyen el punto de partida del potencial hidráulico que se desarrolla entre los siglos xvi y xvii. El caso de las ampliaciones y creaciones de nuevos sistemas hidráulicos en el País Valenciano, ya aludido, es ejemplar en este sentido. También C. Orcástegui (1979) constata las primeras concesiones reales y del monasterio de Rueda para construir molinos en el siglo xiii en Aragón, en zonas donde ya existía una infraestructura hidráulica antigua. Por su parte, A. J. Forey (1987) recoge la actividad de los templarios de construcción y administración de canales hidráulicos en el valle del Ebro.
S. Caucanas destaca que a partir de inicios del siglo xiv, en el Rosselló, el rey es el protagonista de la mayor parte de actuaciones, y en este momento se modifican antiguos trazados y se construyen nuevos canales, con el objetivo principal de la irrigación de vastos terrazgos, no sólo el de alimentar molinos. El rey obtiene ingresos por cada concesión de construcción de un canal nuevo y de las cesiones de derechos de uso del agua. Así, en los primeros años del siglo xiv, sólo el rey Jaime ii de Mallorca hace las concesiones para la construcción de canales, revocando las realizadas por monasterios a comunidades de regantes y volviéndolas a realizar en beneficio de la Corona por los pagos exigidos, o bien haciendo concesiones a instituciones religiosas o señores laicos (pp. 48-49). En la segunda mitad del xiv, el rey, entonces Pedro iv de Aragón, procurará recuperar bajo su jurisdicción concesiones y usos de aguas supuestamente usurpados por instituciones eclesiásticas o por comunidades de regantes, cobrando por la restitución de los derechos de uso del agua. Caucanas recoge al menos dos ejemplos de nuevos canales construidos: uno por los habitantes de Elna y sus cónsules, que reciben la autorización del abad de Sant Andreu de Sureda, y otro por parte de los habitantes de Pessillà (Pézilla) y de Cornellà (Corneilla-la-Rivière), así como su preboste con autorización del señor de Millàs (pp. 50-53). A finales del siglo xiv, el rey ya no es contestado en su jurisdicción sobre las aguas, pero empezará a alienar bienes patrimoniales para hacer frente a los crecientes gastos de estado. Una de las estrategias seguidas fue, otra vez, la de cuestionar concesiones y derechos de agua anteriores y solicitar pagos por la restitución de las concesiones (pp. 56-58).
Los casos del Canal Reial de Puigcerdà y del Canal de Manresa, realizados a finales del siglo xii y a mediados del xiv, respectivamente, son buenos ejemplos de sistemas hidráulicos construidos por el rey (el primero) y por la Universitat de Manresa el segundo. En Manresa, bajo iniciativa de su consejo vecinal, se construye una acequia de 20 km para regar una huerta urbana de más de 300 ha (Alabern y Virós, 2002; Piñero, en prensa).
El Canal Reial de Puigcerdà (Pirineo, Girona) fue construido entre finales del siglo xii y principios del xiii en relación con la fundación real de la villa de Puigcerdà (Kirchner et al., 2002). Se trata de un sistema hidráulico concebido para alimentar los molinos harineros y traperos situados en la villa y pertenecientes al rey. Subsidiariamente, permite alimentar una zona de huerta urbana que será objeto, sin embargo, de severas restricciones de uso del agua del canal. El perímetro de tierras que abraza el canal, de unas 600 Ha de superficie, era un espacio expresamente excluido del riego por las disposiciones reales, todavía en el siglo xiv. Este espacio sólo empezará a ser regado a partir del siglo xvii. Por lo tanto, la creación de este sistema hidráulico no conlleva ningún tipo de previsión campesina ni de gestión colectiva, sino que es resultado de un gesto individual de autoridad, real en este caso (figura 6).
Figura 6. Sistemas hidráulicos de Puigcerdà (Girona) (Según Kirchner et al. 2002)
Además,