El patrimonio natural de la Ribera del Júcar.. AAVVЧитать онлайн книгу.
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No espera lo mismo de un espacio natural un habitante de la ciudad que uno del medio rural. El urbanita demandará de un espacio natural su aptitud para desarrollar ciertas actividades recreativas, culturales y medioambientales. Sin embargo, el habitante rural lo percibe como un lugar de acopio de materias primas y productos con los que vivir; si antaño lo hacía mediante unas prácticas hoy en retroceso (agricultura, ganadería, silvicultura, tala etc.), hogaño gestiona el espacio como un recurso mixto, que genera nuevos ingresos relacionados con el esparcimiento, el ocio, y las actividades al aire libre. Es por ello por lo que, además de cumplir una función de conservación de la biodiversidad, los espacios naturales ejercen también, y cada vez con más frecuencia, funciones territoriales, estéticas y recreativas (Pascual 2005).
Desde su aparición, el concepto de espacio natural y su tratamiento jurídico ha cambiado. La sensibilidad hacia ellos y primeras reivindicaciones por su conservación acaecieron a finales del siglo XIX. En este momento se entendían como unas áreas vírgenes, en estadio de clímax, a preservar. Sin embargo, la extrema dificultad por conservar estos espacios idílicos y la sucesión de agresiones que ha experimentado el medio ambiente, sin olvidar los avances científicos y el mejor conocimiento de la naturaleza, producidos a lo largo del siglo XX, nos ha conducido a concebir los Espacios Naturales Protegidos. Éstos se definen como ejemplos de buena práctica ambiental, donde conviven diferentes actividades. En lo que concierne a la regulación jurídica, diversas son las leyes y decretos referentes, a veces desde una óptica sectorial, a la ordenación, conservación y protección de los espacios naturales. Sin embargo, vamos a prestar atención a dos Leyes, una estatal y otra autonómica. Primero la Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales Protegidos y de la Flora y Fauna Silvestres, del Reino de España, modificada por las Leyes 40/1997 y 41/1997, y después la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, definen a los espacios naturales como aquellos enclaves del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y los espacios marítimos sujetos a la jurisdicción nacional, que contengan elementos y sistemas naturales de especial interés o valores naturales sobresalientes.
Los Espacios Naturales Protegidos son demarcaciones administrativas establecidas con la finalidad de favorecer la conservación de la naturaleza en combinación con ciertas actividades humanas, finamente ajustadas a las condiciones naturales. Entre las funciones de los Espacios Naturales Protegidos destacaríamos:
• el disfrute del entorno natural,
• el reconocimiento de la importancia de los procesos físicos y ecológicos,
• el mantenimiento de recursos que permitan el bienestar humano,
• como instrumento preventivo de la ordenación territorial, impidiendo la dispersión urbanística sin control,
• la promoción de actividades económicas beneficiosas para el territorio,
• la difusión de sus contenidos y prestación de servicios recreativos y turísticos,
• la vigilancia y control de actividades dañinas para ciertas especies,
• la promoción de actividades que estimulen la conservación, y
• el mantenimiento de paisajes singulares y de las culturas que los han hecho posible.
Es evidente que el uso de los ENP aporta beneficios. Según Dixon y Sherman (1990) ocho son los efectos beneficiosos ligados a ellos. Estos son:
1. Beneficios derivados del turismo.
2. Beneficios derivados de la protección del suelo.
3. Beneficios derivados del mantenimiento de los procesos ecológicos.
4. Beneficios derivados de la protección de la biodiversidad.
5. Beneficios derivados de los servicios educativos.
6. Beneficios fruto del uso de sus recursos.
7. Beneficios culturales.
8. Beneficios de aseguramiento frente a la incertidumbre
Desde el planteamiento del trabajo que se presenta, nos parece sugestiva la función de los espacios naturales como conservadores del patrimonio natural, del paisaje y de diferentes formas de vida y cultura.
4. Paisaje ¿natural o cultural?
En la protección del patrimonio se partió de los monumentos de valor histórico y artístico, y se amplió posteriormente al conjunto de edificios históricos de las ciudades. Más adelante se extendió a la naturaleza (espacios naturales protegidos), al territorio y al paisaje, así como a aspectos inmateriales e intangibles. Dicha ampliación plantea muchos retos, entre ellos de gestión. El paisaje, consecuencia directa de la interacción entre el medio natural y las actividades antrópicas, se ha convertido en un referente y en un recurso pues, como apuntaremos después, integra el patrimonio natural que constituyen los ENP, con el patrimonio cultural.
Cuando escuchamos la palabra paisaje, ésta nos evoca espacio abierto, panorámica, visión espectacular o atractiva de un lugar…. La relacionamos con una especie de mosaico, más o menos ordenado, de formas y de colores distintos. Si observamos con más detalle ese paisaje, nos percataremos que dicho mosaico está formado por distintas piezas (elementos sólidos, elementos líquidos, elementos gaseosos, elementos inertes, elementos vivos) que se estructuran y que evolucionan buscando su equilibrio. El paisaje es la configuración espacial percibida, resultante de las dinámicas ambientales y culturales. Pero también son los significados que los seres humanos les otorgamos (Maderuelo 2005, Iranzo 2009, Ortega 2010).
El paisaje es lo que está ahí, justo delante de nosotros, envolviéndonos, dándonos cobijo y oportunidades. Es esa configuración espacial diseñada por el trabajo conjunto de la naturaleza y de los seres humanos, repleta de carga cultural y de significados (Berque 1995). Por eso decimos que el paisaje es un patrimonio. Porque son formas, dinámicas y significados que heredamos, que generamos y que transmitimos. Por tanto, el paisaje nos concierne a todos. Hemos de cuidarlo, enseñarlo y tenerlo siempre presente, pues constituye nuestro marco vital y nos identifica como grupo (Mata 2008).
El paisaje integra lo ecológico y lo cultural, lo estructural con lo formal, lo objetivo con lo subjetivo (Martínez de Pisón 2014). Es una fisonomía compleja formada por un conjunto de elementos relacionados entre sí que dan lugar a una escena. ¿Y por qué hablamos entonces de paisaje natural? ¿Qué es el paisaje natural? Los paisajes naturales son aquellas configuraciones espaciales en las que apenas se perciben los resultados de la actividad humana. Son aquellos lugares en los que los procesos ecológicos o medioambientales son los protagonistas de las formas resultantes, otorgando carácter. No obstante, especialmente en la región mediterránea, las dinámicas culturales casi siempre se entrecruzan con las naturales, siendo difícil encontrar paisajes naturales vírgenes.
5. El paisaje como sistema y los componentes del paisaje
Cuando se contempla un paisaje, si se reflexiona sobre lo que tenemos delante, se pueden detectar toda una serie de interacciones. Todo está conectado. Todo tiene su razón de ser. Entendemos por sistema, un modelo teórico que representa un conjunto de elementos en interacción (Figura 2). En los sistemas se producen entradas y salidas de materia y energía. Lo importante es comprender que un sistema no es la suma de los elementos que lo constituyen, sino que es una totalidad. No se puede prescindir de las interacciones entre los elementos, que es lo que le da estructura al sistema. El paisaje puede concebirse teóricamente como un sistema. Como un todo donde cada pieza, cada elemento, juega su función en la dinámica y en la estructura del paisaje. Por tanto, en la concepción sistémica del paisaje utilizamos el concepto geosistema. Un modelo teórico del paisaje.
La interdependencia de los elementos del geosistema es lo que le da estructura al paisaje. Dicho esto, lo que tenemos que tener claro es que el paisaje se conceptualiza como un geosistema. El geosistema es la base teórica, el modelo, sobre el que se estructuran los paisajes que vemos. En un geosistema, y por tanto en un paisaje, podemos diferenciar entre la parte inerte, la parte mineral, denominada biotopo; y la parte orgánica o viva, la biocenosis.