Los bárbaros jurídicos. Daniel Bonilla MaldonadoЧитать онлайн книгу.
Además, aplicó el método comparativo para justificar las reformas legislativas”. Melvin Richter, The Political Theory of Montesquieu (Cambridge: Cambridge University Press, 1977), 4-5: “Sin embargo, Montesquieu pudo superar esos defectos tan grandes y persistentes, y gran parte de su trabajo logró tener un valor permanente. Porque los superó. Si se necesita prueba, es mejor buscarla en la cantidad de innovaciones significativas con las que ha sido acreditado por autoridades cuyos juicios tienen un peso inusual. Comte y Durkheim declararon a Montesquieu el precursor más importante de la sociología. Ernst Cassirer y Franz Neumann afirman que fue el inventor del estilo de análisis de los tipos ideales que culminó en Max Weber [un método que ha sido central en el derecho comparado]. Sir Frederick Pollock pensó que Montesquieu era el ‘padre de la investigación histórica moderna’ y de una teoría comparativa de la política y el derecho basada en amplias observaciones de los sistemas existentes. Ha sido llamado el primer practicante moderno del derecho comparado y el fundador de la sociología del derecho”. Alan D. J. Macfarlane, Montesquieu and the Making of the Modern World (South Carolina: Create Space Independent Publishing Platform, 2013), 13, 16: “Montesquieu quería comprender toda la historia del mundo y todo el mundo de su tiempo. El Espíritu de las leyes ‘tiene como objeto de estudio las leyes, costumbres y usos diversos de todos los pueblos’. Para hacer esto, desarrolló una serie de métodos que sentaron las bases de las ciencias sociales e históricas. Uno de ellas fue su método comparativo, que tenía como objetivo comparar no solo las diferentes partes de Europa, sino también Europa con las sociedades islámicas de Medio Oriente e incluso Europa con China y Japón [...] Durkheim creía que el uso implícito que Montesquieu le dio al método comparativo es un rasgo central de su obra. Richter sugiere que Montesquieu era algo más explícitamente consciente de lo que estaba haciendo, y lo cita para sugerir que ‘La comparación, la capacidad más valiosa de la mente humana, es particularmente útil cuando se aplica a las colectividades humanas’. Por lo tanto, cree que Montesquieu ‘hizo de la comparación el problema central de la sociología política y, por lo tanto, alejó las formas de investigación de Europa y las dirigió hacia todas las sociedades conocidas aunque de manera imperfecta, por el hombre’”.
50Montesquieu, El espíritu de las leyes, 399-400.
51Ibídem, 399.
52Ibídem, 399-400 y 403-404.
53Véase, por ejemplo: ibídem, 336-337.
54Véase, por ejemplo: ibídem, 14-16.
55Véase, por ejemplo: ibídem, 18-19.
56Zweigert y Kötz, An Introduction to Comparative Law, 48-62.
57Walther Hug, “The History of Comparative Law”. Harvard Law Review Association 45, n.° 6 (1932): 1027-1029.
58Pocas personas conocen, aun siendo comparativistas, los siguientes textos: John Henry Wigmore, Panorama of the World’s Legal Systems (Eagan: West Publishing Company, 1920); William Burge, Commentaries on Colonial and Foreign Laws Generally and in their Conflict with Each Other and with the Law in England (Londres: Saunders and Benning, Law Book Sellers, 1838); Leone Levi, Commercial Law, its Principles and Administration or the Mercantile Law of Great Britain Compared with the Codes and Laws of Commerce of the Following Mercantile Countries (Londres: W. Benning & Co., Simpkin, Marshall & Co., P. Richardson, and F. Elsworth, 1852); o Maine, Ancient Law.
59Véase: René David y Camille Jauffret-Spinosi, Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2010), 1-20.
60Véanse: Hug, “The History of Comparative Law”, 1027-1070; y Zweigert y Kötz, An Introduction to Comparative Law, 48-62.
61Las obras más importantes de Maine son las siguientes: Maine, Ancient Law; Henry Sumner Maine, Village-Communities in the East and West (Nueva York: Henry Holt and Company, 1876); y Henry Sumner Maine, Dissertations on Early Law and Custom (Londres: John Murray, 1883). Henry Maine es ampliamente considerado como uno de los fundadores del derecho comparado moderno. Jerome Hall, “Comparative Law and Jurisprudence”. Buffalo Law Review 16, n.° 1 (1966): 61: “[L]a sociología del derecho tuvo su origen en la ‘ciencia política maestra’ de Platón, pero Comte acuñó la ‘sociología’, y la sociología de derecho moderna generalmente se dice que proviene del trabajo de Montesquieu, Feuerbach o Henry Maine. [...] Las obras más importantes de Maine son las siguientes: Maine, Ancient Law; Henry Sumner Maine, Village-Communities in the East and West (Nueva York: Henry Holt and Company, 1876); y Henry Sumner Maine, Dissertations on Early Law and Custom (Londres: John Murray, 1883). Henry Maine es ampliamente considerado como uno de los fundadores del derecho comparado moderno. Jerome Hall, “Comparative Law and Jurisprudence”. Buffalo Law Review 16, n.° 1 (1966): 61: “[L]a sociología del derecho tuvo su origen en la ‘ciencia política maestra’ de Platón, pero Comte acuñó la ‘sociología’, y la sociología de derecho moderna generalmente se dice que proviene del trabajo de Montesquieu, Feuerbach o Henry Maine. No importa a cuál de ellos se prefiera considerar el padre de tal disciplina, el hecho interesante es que, para muchos comparatistas, el que se escoja también designará al padre del derecho comparado moderno”. Pete de Cruz, Comparative Law in a Changing World (Singapur: Cavendish Publishing Ltd., 1999), 14: “En Inglaterra, en el siglo XIX, Sir Henry Maine, otro contendiente por la distinción de ser el fundador del derecho comparado, publicó Ancient Law (1861) donde aplicó al estudio de los orígenes del derecho el proceso de comparación que Charles Darwin había empleado en su Origen de las especies (1859)”. Vai Io Lo, “Conclusion: The Relevance of Comparative Law”, en Scholarship, Practice, and Education in Comparative Law: A Festchrift in Honour of Mary Hiscock, editado por John H. Farrar, Vai Io Lo & Bee Chen Goh (Berlín: Springer, 2019), 42: “[E]n 1748 y 1861, Montesquieu y Maine, respectivamente, publicaron sus trabajos seminales sobre derecho comparado”. Riles, Introducción a Rethinking the Masters, 7-8. Annelise Riles, “Representing In-Between: Law, Anthropology, and the Rhetoric of Interdisciplinarity”. University of Illinois Law Review 1994, n.° 3 (1994): 597, 607-610: sobre Maine como antepasado del derecho comparado y la antropología. Veronica Corcodel, “The Governance Implications of Comparative Legal Thinking: On Henry Maine’s Jurisprudence and British Imperialism”, en Private International Law and Global Governance, Horatia Muir Watt y Diego P. Fernández (Oxford: Oxford University Press, 2014), 2: “Los comparatistas generalmente lo entienden como un antepasado de la disciplina del derecho comparado o, a veces, incluso como uno de sus más tempranos fundadores”. Roslyn Jolly, “Robert Louis Stevenson, Henry Maine, and the Anthropology of Comparative Law”. Journal of British Studies 45, n.° 3 (2006): 560: “Este estilo de investigación fue conocido a fines del siglo XIX como ‘el método comparativo’, y su fundador, Henry Sumner Maine, tenía opiniones muy similares a las de Stevenson sobre el papel de la ley romana en la definición de la civilización moderna”. Werner Menski, Comparative Law in a Global Context (Cambridge: Cambridge University Press, 2006), 88: “Entre los primeros académicos, Sir Henry Maine (1822-1888) es considerado, de manera significativa, como el padre del derecho comparado, así como de la antropología jurídica”. Susan Bell y Karen Offen, Women, the Family and Freedom: 1750-1880 (Stanford: Stanford University Press, 1983), 367: “Maine construyó su reputación como un investigador de los clásicos y un jurista en Cambridge, donde fue pionero en el estudio del derecho comparado tal y como era practicado por la escuela de Friedrich Karl von Savigny en Berlín”. Nicholas H. D. Foster, “Comparative Legal Studies, a Topic for the 21st Century”. The Journal of Comparative Law: A New Scholarly Resource 1, n.° 1 (s.f.): 1: “El derecho comparado existe desde hace mucho tiempo. Se remonta, a través de Montesquieu y de la recepción del derecho romano en los sistemas legales europeos modernos hasta (al menos) Aristóteles. Algunos remontan sus comienzos como disciplina académica a la organización por parte de Lambert y Saleilles del Congreso Internacional de Derecho Comparado en 1900, otros a la fundación de la Sociedad Francesa de Legislación Comparada y el nombramiento de Sir Henry Maine como Profesor de Historia del Derecho y Derecho