Santa María de Montesa. AAVVЧитать онлайн книгу.
rel="nofollow" href="#ulink_a79ebfa6-2bb4-50c2-a8a1-79558c8e65ac">7. C. de Ayala Martínez: «La Corona de Castilla y la incorporación de los maestrazgos», Militarium Ordinum Analecta, 1, 1997, pp. 257-290; C. de Ayala Martínez: «Las órdenes militares y los procesos de afirmación monárquica en Castilla y Portugal (1250-1350)», en As relações de fronteira no século de Alcanices. IV Jornadas Luso-Espanholas de História Medieval. Actas, Oporto, 1998, vol. II, pp. 1279-1312; C. de Ayala Martínez: Las órdenes militares hispánicas en la Edad Media (siglos XII-XV), Madrid, Marcial Pons, 2003, pp. 714-716.
8. Monumenta Henriciana, I (73 y 74), Coimbra, 1960, pp. 150-160; C. de Ayala Martínez: «La escisión de los santiaguistas portugueses. Algunas notas sobre los establecimientos de 1327», Historia. Instituciones. Documentos, 24, 1997, pp. 53-69; L. Filipe Oliveira: «As definições da Ordem de Avis de 1327», en I. C. Ferreira Fernandes (coord.): As Ordens Militares. Freires, Guerreiros, Cavaleiros. Actas do VI Encontro sobre Ordens Militares, GESOS, Municipío de Palmela, Palmela, 2012, I, pp. 371-388.
9. Lo hizo en concreto el abad de San Pedro de Gumiel por delegación del de Morimond. También hubo mediación por parte de la Orden de Santiago: AHN, OOMM, Registro de Escrituras de la Orden de Calatrava (REOC), IV, 1344 C, ff. 219-222r. Más tarde intervendría también el maestre de Alcántara. A. Benavides: Memorias de don Fernando IV..., II, doc. clxxvi, pp. 241-242.
10. J. F. O’Callaghan: «The Affiliation of the Order of Calatrava with the Order of Cîteaux», Analecta Sacri Ordinis Cisterciensis, XVI (1960), en especial pp. 256-261 (reed. íd., The Spanish Military Order of Calatrava and its Affiliates, Londres, 1975, I); C. de Ayala: «Un cuestionario sobre una conspiración...», pp. 73-82. Sobre el inusual título de «maestre por la gracia de Dios», véase B. Casado Quintanilla: «Intitulatio y directio en la documentación de Calatrava», Cuadernos de Estudios Manchegos, 19, 1990, p. 42. Cit. Ph. Josserand: Église et pouvoir..., p. 533.
11. M. T. Ferrer Mallol: Entre la paz y la guerra. La corona catalano-aragonesa y Castilla en la baja Edad Media, Barcelona, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2005, pp. 27 y ss.
12. El hecho de que en plena ocupación de Murcia por las tropas de Jaime II, este, en 1298, concediera a García López de Padilla seguridades para los miembros y propiedades de la Orden en tierras aragonesas pudo no ser bien comprendido en la corte castellana (I. J. de Ortega y Cotes, J. F. Álvarez de Baquedano y P. de Ortega Zúñiga y Aranda: Bullarium Ordinis Militiae de Calatrava, Madrid, 1761 [ed. facs., Barcelona, 1981], p. 738, en adelante BC), y menos aún que Jaime II reconociera la lealtad del maestre castellano que actuaba en febrero de 1300 de auténtico «confidente» político del monarca aragonés; en aquella ocasión Jaime II se dirigía al maestre en contestación a la carta que este previamente le había mandado, reconociendo su lealtad. A. Giménez Soler: Don Juan Manuel. Biografía y estudio crítico, Zaragoza, 1932, doc. xxiii, p. 243. Poco después, en febrero de 1304, era el propio maestre quien, en consideración del afecto que Jaime II y sus antecesores habían mostrado hacia la Orden, confería vitaliciamente al infante don Juan, hijo del monarca aragonés, cuantos lugares, rentas y posesiones tenía la milicia calatrava en tierras italianas de Apulia, Principado y Romaña (Pedro Carlos Picatoste Navarro: «Intereses transalpinos de Jaime II en la época de conquista del reino de Murcia. La donación de los calatravos al infante Juan en 1304», en Jaime II, 700 años después, Alicante, 1997, pp. 463-464). Frente a estos datos, apenas resultan significativos indicios aislados que denotan algún tipo de fricción entre el maestre y el rey Jaime. Sirva de ejemplo la protesta que en junio de 1300 cursa ante la corte el subcomendador de Alcañiz y un procurador del maestre calatravo por la participación de los vecinos de Alcañiz y sus aldeas en la hueste del rey junto con los de Teruel, sin contar con el preceptivo permiso del maestre (AHN, OOMM, REOC, IV, 1344 C, f. 244).
13. La concesión incluía autorización para enajenar bienes, y sería confirmada por el abad de Morimond en el transcurso de su estancia en la Península en 1307: AHN, OOMM, Calatrava, carp. 462, docs. 182 y 185. Con todo, no era este el único medio que encontró el maestre para blindar posiciones. Sabemos que más adelante, en 1311, López de Padilla se comprometía a entregar anualmente dos caballos al cardenal Pietro Colonna, protector de la Orden en la curia pontificia, con el fin de facilitar la defensa de sus causas. AHN, OOMM, REOC, V, 1345 C, f. 86r. Cit. Ph. Josserand: Église et pouvoir..., pp. 128-129, n. 180. Otro cardenal, Francisco de Santa María in Cosmedin, acogía ese mismo año bajo su protección a las personas y bienes de la Orden de Calatrava (BC, p. 164).
14. AHN, OOMM, Calatrava, carp. 462, doc. 179. Cit. Ph. Josserand: Église et pouvoir..., p. 291, n. 334.
15. Se trataba, en cualquier caso, de una ofensiva conjunta de castellanos y aragoneses contra el emir de Granada. Lo cierto es que en ella contamos con claros testimonios de la participación de la Orden de Calatrava. Cuando las Cortes de Madrid, en las que se votaron los correspondientes servicios, aún no habían concluido, el maestre García López de Padilla había protagonizado una acción de cierta resonancia contra el arráez de Andarax, obteniendo al frente de 400 jinetes copioso botín (A. Giménez Soler: Don Juan Manuel..., doc. cxcii, p. 364). Un poco más adelante, en septiembre de 1309, el maestre se hallaba junto al rey en el cerco de Algeciras y participaba en la conquista de Gibraltar, al tiempo que algunos comendadores castellanos cum bonis familiis equitum colaboraban con el rey de Aragón, junto a los freires calatravos de Alcañiz, en el coetáneo sitio de Almería (BC, p. 758). Fernando IV reconoció expresamente esta colaboración en forma de significativas concesiones, como la entrega vitalicia a favor del maestre de todos los servicios que los vasallos de la Orden debían satisfacer al rey (AHN, OOMM, REOC, V, 1345 C, ff. 68-69; AHN, OOMM, Calatrava, carp. 428, doc. 175; A. Benavides: Memorias de don Fernando IV, II, doc. dxxxii, pp. 773-775).
16. El arcediano de Tarazona Domingo García de Echauri, en carta a Jaime II fechada en septiembre de 1311, comentaba que «tan grandes son los bolicios e assi con mal leuantados que ni el rey puede saber sy quienta sera la fin ny cuando» (A. Giménez Soler: Don Juan Manuel..., doc. ccxxxii, p. 400). Cit. C. González Mínguez: Fernando IV de Castilla (1295-1312). La Guerra civil y el predominio de la nobleza, Universidad de Valladolid, 1976, p. 315.
17. C. de Ayala: «Un cuestionario sobre una conspiración...», pp. 77-82.
18. «Y porque era ya muy público que la orden de los templarios se había de deshacer y que sus rentas se aplicarían a la orden del Espital, llevaban instrucción estos embajadores [del rey de Aragón] que se suplicase al papa que se instituyese, de las rentas que tenían en sus reinos, un maestrazgo de la orden de Calatrava que tenía origen y dependencia de la orden de Cistel, con que no fuese sujeto ni a corrección ni visitación del maestre ni del convento de Calatrava de Castilla, sino que estuviese subordinado a la corrección y visitación del convento y monasterio de La Gran Selva o de Fonfrida de la orden de Cistel». J. Zurita: Anales de la Corona de Aragón, 2, lib. V, caps. xciii y ci, Zaragoza, 1977, pp. 748-749; C. de Ayala: «Un cuestionario sobre una conspiración...», p. 82; Ph. Josserand: Église et pouvoir..., p. 50, n. 86; a él debemos confirmación de que el dato cronístico tardío tiene base documental. H. Finke: Papsttum und Untergang des Templerordens, Münster,