Comunidad e identidad en el mundo ibérico. AAVVЧитать онлайн книгу.
está inconcluso y falta la indicación del plazo acordado a los moriscos antes de su salida. Probablemente, después de haber escuchado muchos avisos contradictorios, Felipe III recomendando no admitir más delaciones se decidió por dar por acabada la expulsión. En este sentido, publicó el 2 de junio de 1614 al menos dos decretos más, uno para la Corona de Castilla, otro para Cataluña.2 Siguiendo a Henri Lapeyre, quien en 1959 escribió: «la cuestión morisca ha sido realmente liquidada en 1614», todos los historiadores han admitido esta fecha como final del proceso.3
Si, efectivamente, no hubo más movimiento colectivo de exilio morisco posterior a 1614, podemos afirmar no hubo renuncia al perfeccionamiento de la expulsión. El proyecto que nos sirve de punto de partida se inserta en una ola de intentos de completar una obra tan sagrada como la cualifican reiteradamente el príncipe, sus consejeros y muchas otras personas. No proceder a salidas de grupos nutridos de moriscos no significa para estos la tranquilidad definitiva. Durante más de diez años, y hasta veinte, se continuó explorando los medios de desembarazar los territorios de las Coronas de Castilla y Aragón de moriscos, todavía presentes. La historia del perfeccionamiento empezado en 1611, no terminado antes de 1634, está por escribir.4
Si el documento anteriormente aludido quedó como proyecto, no por eso debe ser pasado por alto. Es un testimonio importante de las vacilaciones del rey Felipe III en zanjar lo que él consideraba como el gran éxito de su reinado, y de los múltiples avisos sobre el tema recibidos en la Corte. Hasta los primeros años del reinado de Felipe IV las recomendaciones, las presiones, no pararon. Pero el documento es ademas importante por la manera que tiene de definir distintas categorías de moriscos: «por quanto por muy justas y precisas causas que a ello me movieron del servicio de dios nuestro señor y mío bien y seguridad destos reynos despaña yo mande expeler de todos ellos todos los moriscos hombres y mujeres ansi los granadinos aragoneses valencianos y catalanes como los antiguos y mudéjares y últimamente los del valle de Ricote por los bandos que en diferentes ocasiones e mandado publicar y con el favor de dios se a conseguido el fin desta tan importante y santa obra»...
Son así seis grupos que están designados. Corresponden de hecho a las distintas fases de la expulsión, los valencianos exiliados a finales de 1609, los aragoneses y los catalanes a lo largo del verano de 1610, los granadinos durante todo el año 1610 y todavía en 1611, los antiguos y mudéjares de manera caótica a partir de 1610 y los del valle de Ricote en diciembre de 1613 y enero de 1614. El rey y el Consejo de Estado habían decidido proceder por etapas. En 1614 es tiempo de hacer un balance. Y aparece una paradoja: los valencianos y los aragoneses, los más numerosos, los más homogéneos y también los más temidos por muchos, han planteado pocos problemas y han tomado los caminos del exilio sin intentar volver. Los granadinos han constituido el otro gran bloque que ha suscitado inquietudes permanentes y ha sido objeto de múltiples controles porque en 1609 eran dispersados a través de un amplio territorio, de Gibraltar hasta Burgos. Se les denominaba granadinos cuando efectivamente, residían en el reino de Granada después de la revuelta de 1568 y de la consecuente deportación de 1570; constituían una muy pequeña parte del conjunto. A todos, a los de Granada por supuesto, pero también a los de Toledo, Ávila, Badajoz, Úbeda... igualmente descendientes de los moriscos que habían hecho temblar la monarquía se les aplicó el término de granadinos hasta 1609-1614. Su dispersión y sus diferencias internas dificultaron grandemente su expulsión.5
La presencia de las dos categorías al mismo nivel que las tres anteriores sorprenden. A los catalanes que eran menos de 5.000 se prestaba poca atención.6 Y a los que la documentación llama antiguos o mudéjares antiguos, ciertamente más representados, unos 20.000 según la estimación –probablemente inferior a la realidad– de Henri Lapeyre, se encontraban casi tan diseminados como los granadinos.7 Tenían muchos rasgos en común con los catalanes, y en particular el hecho de que sus ascendientes habían vivido durante siglos bajo la tutela de los cristianos y a veces mezclados con los cristianos viejos. Por eso a diferencia de los granadinos, valencianos y aragoneses que son objeto de una abundante documentación, a lo largo del siglo XVI los catalanes y los mudéjares antiguos de la Corona de Castilla han dejado relativamente poca huella. Este silencio, junto a su relativa debilidad numérica es en gran parte responsable del poco interés manifestado por los historiadores. Y de pronto a partir de 1610 se produce una inversión, los catalanes y sobre todo los mudéjares antiguos invaden los legajos de los archivos hasta constituir un verdadero rompe-cabezas para los consejos reales y los comisarios nombrados para resolver el asunto. Y entre los mudéjares antiguos se destacan como veremos los del valle de Ricote.
Los catalanes merecen por si solos un estudio pormenorizado que ha sido iniciado por varios autores; Pascual Ortega, Carmel Biarnes, Pau Ferrer y recientemente Manuel Lomas.8 Pero los dejaré aquí de lado para dedicarme al caso de los mudéjares antiguos, más complejo y más rico que el de los catalanes quizás por su mayor extensión anunciadora de situaciones dispares. Es un caso generalmente poco o mal estudiado. Por muchas razones. Los moriscos mudéjares antiguos han sido víctimas de la división tradicional, en la disciplina histórica, entre historia medieval e historia moderna. En términos generales el mudéjarismo pertenece al campo de los medievalistas y el de los moriscos al de los modernistas. 1502, la fecha de la conversión de los mudéjares de la Corona de Castilla al cristianismo, y 1525 la fecha de la conversión de los mudéjares de la Corona de Aragón constituyen unas barreras raramente franqueadas por los medievalistas y por los modernistas.9 Pero la barrera no tiene tantas consecuencias para el mundo aragonés como para el mundo castellano. El mudéjarismo es en todos los territorios de la Corona de Aragón un fenómeno de larga duración, de casi tres siglos para la zona de Valencia y el sur de su reino, a menudo de cuatro siglos en Aragón y Cataluña. Todos los musulmanes de estos territorios han tenido una larga experiencia del mudejarismo, pero nunca los documentos posteriores a la conversión han designado a sus descendientes como mudéjares antiguos. La situación de la Corona de Castilla es totalmente distinta. En 1502 existe un abismo entre los mudéjares dispersados en Castilla la vieja, Castilla la nueva, Extremadura y Andalucía bética cuya situación es equiparable a la de los aragoneses, catalanes y valencianos, y los mudéjares del reino de Granada cuyo mudéjarismo fue limitado a una década o poco más. A los últimos se les designa como moriscos del reino de Granada o naturales del reino de Granada, expresión particularmente empleada después de su deportación en 1569-1570.10 A los primeros y a solos ellos, se aplica la denominación de mudéjares antiguos. La dicotomía entre granadinos y mudéjares antiguos se mantiene a lo largo del siglo XVI y hasta los tiempos de la expulsión de 1609-1614.
Los medievalistas no se interesan pues por los moriscos mudéjares antiguos y los modernistas les han prestado poca atención hasta fechas recientes. Tres ejemplos sacados de tres excelentes monografías lo demuestran, elocuentemente. En su libro sobre los moriscos en tierras de Córdoba, Juan Aranda Doncel escribe un primer capítulo donde la historia de los moriscos mudéjares antiguos está tratada en cinco páginas. Es verdad que el autor insiste sobre la desaparición de la comunidad mudéjar cordobesa a principios del siglo XVI pero sigue existiendo por ejemplo una comunidad de cierta entidad en Palma del Río de la cual no sabemos nada.11
En su estudio sobre la comunidad de Ávila, Serafín de Tapia analiza sustancialmente, el grupo de los mudéjares entre el siglo XIII y 1502 al cual dedica unas 50 páginas, mientras los moriscos mudéjares antiguos no reciben casi tratamiento específico salvo para el momento de la expulsión. Y Serafín de Tapia nos indica que, localmente, los mudéjares